Jilotepec, Veracruz.- Por considerar que violan la legalidad y sus derechos humanos, en una misiva al Presidente de la República Andrés Manuel López Obrador, trabajadores azucareros piden la destitución del Presidente de la Junta Especial Número Veintidós, de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Jonathan Cortés Vargas, en virtud de que realiza acciones contrarias a la justicia para beneficiar al propietario del Ingenio “La Concepción” Rafael Lázaro Ros Torres.
Tras dar a conocer que se encuentra empantanados los juicios laborales 248/2003 y 321/2003, al través de sus abogados, los trabajadores dieron a conocer el contenido de la carta donde piden justicia y la salida de Jonathan Cortés Vargas de la Secretaría del Trabajo, acusándolo de aprovecharse del cargo para dar prácticas dilatorias a los trabajadores, afectando sus derechos laborales y humanos.
La carta dice así:
Los señores FELIPE HERNANDEZ LANDA y EVERARDO SIXTO RIVERA, en su carácter de Representantes comunes dentro del Juicio Laboral número 248/2003, radicado en LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO VEINTIDOS, DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, y los señores RICARDO SOLANO ZAMORA y EFRAIN HERNANDEZ PEREZ, en su carácter de representantes comunes dentro del Juicio Laboral número 321/2003 radicado en LA JUNTA ESPECIAL NÚMERO VEINTIDOS, DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, procesos laborales en sección de ejecución representados por su apoderado legal Licenciado CLAUDIO PÉREZ ALCAIDE, hacen saber a la opinión pública, de las violaciones a sus derechos humanos y de sus representados como ex trabajadores de confianza de COMPAÑÍA AZUCARERA “LA CONCEPCION y de RAFAEL LAZARO ROS TORRES, por parte del Presidente de la Junta Especial Número Veintidós, de la Federal de Conciliación y Arbitraje, Licenciado JONATHAN CORTES VARGAS, en virtud de que dicho servidor público, realiza las siguientes acciones contrarias a la justicia:
Retardar la contestación a sus peticiones (actualización de alcances laborales.
No cumple con la sentencia amparadora de la autoridad federal, esto es, el Juicio de Amparo número 1434/2015 del índice del Juzgado Segundo de Distrito del Séptimo Circuito.
Se comprometió a citar conciliatoriamente a RAFAEL LAZARO ROS TORRES, por propio derecho y como Titular de COMPAÑÍA AZUCARERA “LA CONCEPCION, desde hace más de tres años y no lo ha citado, a pesar de que en las actuaciones se cuenta con su domicilio particular.
Los Laudos en ejecución data su sentencia desde el año 2008, sin solución, las demandas fueron iniciadas desde el año 2003.
Los ha traído a base de engaños, notándose un interés directo en el asunto, pues a pesar de su autonomía no tiene intención de solucionar el conflicto.
Ha simulado negociaciones al vincularnos con terceras personas que no tienen relación directa con el asunto laboral.
No cumple en las fechas en la que se compromete a entregarnos documentación.
Lo anterior, resulta violatorio a los derechos humanos, conforme al artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por la falta de Ejecutoriedad de los Laudos, pues los señores Ricardo Solano Zamora y Efraín Hernández Pérez, como sus representados Israel Hernández Avilez, José Raúl Lozano Barrera, Jerónimo Jiménez del Río, María Idalia Barrera Basurto, Gloria Ernestina Bustamante Chávez, Irma Alicia Barrera Murrieta, Guadalupe Aguilar López, Mario Martínez Cortes, Reyes Huerta Contreras, Miguel Ángel Cornejo Veloz, Guillermo Cruz Sánchez , Zelmira Ramírez Tizcano, Octavio Landa Barrera, Marina García Oliva, Matilde Claudia Jiménez Trejo, Rubén Rodríguez García, Armando Texon Montiel, Remedios Quintano Landa, Elfego Roberto Castro, María de Jesús Moreno Azcorra sustituta procesal de Ramón Esteban Barrera Murrieta, actores dentro del Juicio Laboral 321/2003 de la Junta Especial Número Veintidós de la Federal de Conciliación y Arbitraje, así como señores Othón Flores Hernández, Narciso Rojas Alegría, Everardo Sixto Rivera, Felipe Hernández Landa, Rosa Aurora Olivo Miranda, Antonio Rodríguez Rojas, Juan Sixto Rivera, Enrique López Rodríguez, Emilio Ruíz Sánchez, Jorge Barragán López, Emiliano Viveros Montiel, Raúl Meztizo Rivera, Miguel Ángel Camacho Pérez, José Caraza Luna, José Antonio Conde Ochoa, Manuel Olivo Miranda, Manuel de J. Chávez Guerrero, Arturo Cano Martínez, dentro del Juicio Laboral número 248/2003 de la Junta Especial Número Veintidós de la Federal de Conciliación y Arbitraje.
Asimismo, el Juicio de Amparo contra la inejecución radicado bajo el número 1434/2015, del índice del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Veracruz (LIC. ALEJADRO QUIJANO ÁLVAREZ), donde se ha ordenado ejecute el laudo laboral al Presidente de la Junta Especial Número Veintidós de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con sede en esta ciudad (JONATHAN CORTES VARGAS), quien ha sido omiso en exigir por los medios idóneos el cumplimiento del laudo emitido en el expediente laboral número 321/2003 y 248/2003, pues las partes condenadas al pago “Compañía Azucarera la Concepción Sociedad Anónima de Capital Variable” y a Rafael Lázaro Ros Torres como las autoridades vinculadas solidariamente como Gobierno Federal, Gobierno Estatal, SEDARPA.
Secretaria de Desarrollo Rural de Pesca y Agricultura del Estado de Veracruz, como patrón virtual, es decir que es quien les paga a los trabajadores de COMPAÑÍA AZUCARERA “LA CONCEPCION, siendo los administradores actuales ALEJANDRO COLORADO, ANTONIO MARTINEZ APONTE y LAURA QUIROZ APARICIO.
Asimismo, por Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de azúcar, la cual en su artículo 1º. señala que en el marco de los artículos 25 y 27, fracción XX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que resultan aplicables, así como su artículo 2, señala “Sus disposiciones son de interés público y de orden social, por su carácter básico y estratégico para la economía nacional en términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, tiene por objeto normar las actividades asociadas a la agricultura de contrato y a la integración sustentable de la caña de azúcar, de los procesos de la siembra, el cultivo, la cosecha, la industrialización y la comercialización de la caña de azúcar, sus productos, subproductos, coproductos y derivados.
No se omite manifestar que se ha solicitado el apoyo y respaldo en la aplicación de la ley a los Ex Presidentes Vicente Fox Quezada, Felipe Calderón Hinojosa y Presidente Enrique Peña Nieto; Ex Gobernadores Miguel Alemán Velasco, Fidel Herrera Beltrán, Javier Duarte de Ochoa y Gobernador Miguel Ángel Yunes Linares, Secretaria del Trabajo y Previsión Social, Hacienda y Crédito Público, Congreso del Unión, y Senador José Yunes Zorrilla, quienes han ignorado las peticiones y seguimiento por más de quince años en perjuicio de las familias de los ex trabajadores. No se descarta que exista una complicidad entre las autoridades para violentar los derechos humanos de los ex trabajadores a la luz de una impunidad total.
No obstante lo anterior, el Lic. JONATHAN CORTES VARGAS, ha tomado una actitud de pasividad, en perjuicio de una pronta y expedida aplicación de la ley y consideramos que se encuentra actuando con parcialidad a favor del señor RAFAEL LAZARO ROS TORRES y de su compañía, lo que hacemos a la opinión pública, pues dicho titular de la A JUNTA ESPECIAL NÚMERO VEINTIDOS, DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE con sede en la ciudad de Xalapa, Veracruz, púes conforme a la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 731, establece que las Juntas Especiales y sus auxiliares podrán emplear, conjunta e indistintamente, cualquiera de los medios de apremio, dentro de los cuales se encuentra el arresto, a fin de que las personas comparezcan para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones.
En contexto, se advierte que las medidas de apremio tienen como finalidad fundamental constreñir a una persona a que acate las decisiones o determinaciones tomadas por la autoridad judicial, o bien, compelerla para que acuda a una cita de mediación, lo que no ha acontecido hasta el momento y se traduce en una clara violación a los derechos humanos.